La afectación que tendría la aplicación de los aranceles del 5% a “todos los productos” importados a Estados Unidos desde México y que comenzarán a partir del 10 de junio y aumentarían gradualmente hasta que “se resuelva el problema de la migración ilegal”, anunciado por el presidente Trump.
Al respecto, con toda reserva ya que aún no tememos información oficial, les que por lo que se refiere a las importaciones a Estados Unidos (EUA) de bienes que inicialmente fueron importados temporalmente a México al amparo de un programa de maquila (IMMEX u otro régimen similar) y posteriormente exportados a EUA; consideramos que no deberían verse afectados estas mercancías en virtud de lo siguiente:
- Se trata de bienes originarios y/o procedentes de EUA, que en principio son exportados temporalmente de EUA y la vez importados temporalmente a México al amparo de un régimen de diferimiento de aranceles (importación bajo un programa de maquila) sin el pago de impuestos al comercio exterior.
- Estos mismos bienes ya estando en México sufren un proceso de elaboración, transformación o reparación, y posteriormente son retornados a EUA con un valor agregado, por lo que no deberían pagar el arancel en EUA ya se trata de bienes originarios de este mismo país.
- Así mismo, si este bien final o producto cumple con la regla de origen aplicable del TLCAN, tampoco debería pagarse ningún arancel, ya que se trata bienes originarios de América del Norte y que deben recibir un trato preferencial al estar amparados con un certificado de origen.
- En todo caso, si no se cumple con la regla de origen, lo que ocurre es que EUA de manera excesiva podría cobrar el arancel del 5% únicamente a los insumos, partes o componentes que no son estadounidenses, incorporados a ese producto final, esto es, aplicar dicho arancel a los insumos o bienes mexicanos incorporados en el producto final y que se importan en EUA, lo cual también sería violatorio del TLCAN.
No obstante, habrá que esperar a que EUA publique las reglas oficiales para la aplicación de dichas medidas y tener certeza de lo que ocurrirá y establecer las mejores estrategias a seguir, ya que consideramos que dichas medidas solo podrán aplicarse a importaciones definitivas.