Durante la conferencia titulada “Reforma a la Ley Aduanera en materia de infracciones y sanciones aduaneras”, el doctor Balam Lammoglia Riquelme, ex presidente del Centro Nacional para la Competitividad del Comercio Exterior y participante directo en la elaboración de diversas reformas a la legislación aduanera y de comercio exterior, expuso con severidad conceptual el alcance real de los cambios normativos recientemente incorporados al sistema aduanero mexicano.
Desde una perspectiva histórica, el ponente subrayó que la reforma vigente representa el viraje más profundo experimentado por el derecho aduanero nacional desde la promulgación de la Ley Aduanera de 1990. A diferencia de las modificaciones anteriores —orientadas a simplificar trámites, ampliar márgenes de operación y sostener una lógica de cooperación con los operadores—, el nuevo cuerpo normativo responde a una política aduanera centrada en la fiscalización exhaustiva, el control documental y la presunción de riesgo sistémico.
El doctor Lammoglia enfatizó que este cambio forma parte de una transformación más amplia del sistema tributario y sancionador, encabezada por perfiles con formación eminentemente auditora. Ello se traduce en un diseño normativo que privilegia la trazabilidad integral de las operaciones, la coherencia absoluta entre documentos y la eliminación de márgenes interpretativos que durante años permitieron prácticas laxas o francamente irregulares.

Uno de los ejes más sensibles de la reforma radica en el endurecimiento del régimen de infracciones y sanciones. Las multas previstas, tanto por errores formales como por incumplimientos materiales, alcanzan montos que, en la práctica, resultan financieramente inviables para un número significativo de empresas. A ello se suma la cancelación de sellos digitales, la inmovilización operativa y la pérdida de mercancías, configurando lo que el ponente describió como una forma de asfixia administrativa de consecuencias irreversibles, aun cuando el contribuyente eventualmente obtenga una resolución favorable en sede jurisdiccional.
Especial atención mereció la modificación de los mecanismos de defensa. La reforma al Código Fiscal de la Federación, en particular al régimen de garantía del interés fiscal, impone cargas económicas inmediatas que condicionan el acceso efectivo a los medios de impugnación.
En materia aduanera, se advirtió un tratamiento especialmente severo hacia determinados regímenes que, por su uso indebido reiterado, han sido colocados bajo escrutinio intensivo, con consecuencias que alcanzan incluso el ámbito penal. Asimismo, se alertó sobre el fortalecimiento de las presunciones de contrabando, la ampliación de plazos de fiscalización y el uso intensivo de notificaciones por estrados, figuras que incrementan exponencialmente el riesgo de abandono de mercancías por fallas meramente procedimentales.
Finalmente, el doctor Balam Lammoglia hizo un llamado directo a los agentes aduanales y operadores del comercio exterior a asumir un papel activo y técnicamente sólido. La reforma coloca al agente aduanal en el centro de la responsabilidad jurídica, exigiendo presencia efectiva, conocimiento normativo actualizado y una práctica profesional que no admita delegaciones acríticas ni tolerancia a omisiones. La certificación, la revisión previa de mercancías y el control documental riguroso son exigencias ineludibles.




