El SAT y la ANAM publicaron ajustes relevantes dentro de las Reglas Generales de Comercio Exterior 2026. El punto central gira alrededor del expediente electrónico del importador y del encargo conferido utilizado por agentes aduanales.
La modificación coloca atención directa sobre la existencia física del contribuyente, su actividad mercantil, personal contratado, instalaciones, vehículos, maquinaria y relación con proveedores nacionales o extranjeros. La autoridad federal busca información visual, documental y financiera mucho más amplia que la solicitada durante años anteriores.
México cerró 2025 con intercambios mercantiles superiores a 1.2 billones de dólares, según cifras del Banco de México y del INEGI. Tan solo las exportaciones mexicanas hacia Estados Unidos superaron 534 mil millones de dólares, cifra récord para ambos países. Ese crecimiento elevó la vigilancia tributaria alrededor de importaciones temporales, programas IMMEX, recintos fiscalizados y esquemas utilizados por compañías de reciente creación.
Uno de los puntos más delicados aparece dentro de la Regla 1.4.14 de las RGCE 2026. El expediente electrónico del usuario del agente aduanal ahora incorpora manifestaciones bajo protesta de decir verdad, relacionadas con actividad material de la empresa.
La autoridad solicita:
- fotografías de instalaciones,
- evidencia física,
- datos sobre maquinaria,
- medios de transporte,
- información sobre personal,
- inmuebles utilizados,
- y documentación vinculada con actividad mercantil verdadera.
El SAT también incorpora revisiones relacionadas con empresas publicadas bajo artículos 69, 69-B y 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación. Dichas listas agrupan contribuyentes ligados con comprobantes fiscales simulados, transmisión indebida de pérdidas o actividades consideradas inexistentes por la autoridad tributaria.
La modificación coloca al agente aduanal dentro de una posición delicada. Durante años, buena parte del análisis giraba alrededor del pedimento, clasificación arancelaria, valor declarado y permisos. Con las nuevas reglas, el agente ahora participa dentro de validaciones vinculadas con materialidad mercantil y antecedentes tributarios del importador.
Diversos despachos jurídicos y firmas consultoras comenzaron durante mayo de 2026 revisiones internas sobre:
- expedientes digitales,
- domicilios fiscales,
- proveedores extranjeros,
- coincidencia entre CFDI y pedimentos,
- contratos mercantiles,
- inventarios,
- y evidencia fotográfica de instalaciones.
La autoridad mexicana mantiene una línea cada vez más estricta sobre compañías fachada. Datos oficiales del SAT señalan que durante 2025 permanecieron vigentes más de 22 mil contribuyentes dentro de listados relacionados con operaciones inexistentes y simulación tributaria. Parte importante de esas revisiones apareció vinculada con importaciones, empresas IMMEX y cadenas de suministro internacionales.
Otro punto relevante aparece dentro de la Regla 1.5.1 relacionada con Manifestación de Valor. Las modificaciones incorporan supuestos donde ciertos regímenes podrán omitir transmisión electrónica del documento. Sin embargo, el SAT conserva facultades para solicitar información y documentación durante cualquier revisión posterior.
Dentro del Recinto Fiscalizado Estratégico también aparecieron ajustes vinculados con mercancías del Anexo 29. Las empresas PROSEC relacionadas con industria automotriz y autopartes conservarán facilidades particulares debido al volumen mercantil que representan para México.
La industria automotriz mexicana superó durante 2025 exportaciones cercanas a 193 mil millones de dólares y mantuvo intercambio permanente con Estados Unidos, Canadá, Alemania y Asia, según cifras de la Secretaría de Economía.
Otro elemento relevante gira alrededor del análisis masivo de información digital. El SAT y la ANAM cruzan datos provenientes de:
- CFDI,
- pedimentos,
- RFC,
- cuentas bancarias,
- proveedores,
- importaciones,
- empresas relacionadas,
- y movimientos mercantiles.
Ese intercambio de información coloca mayor atención sobre compañías con actividad limitada, domicilios irregulares o diferencias entre capacidad física y volumen importado.
Firmas vinculadas con acero, textiles, electrónicos, hidrocarburos y mercancía asiática permanecen bajo especial observación debido al crecimiento detectado durante revisiones tributarias y revisiones portuarias realizadas entre 2025 y 2026.
La resolución también amplió ciertas facilidades relacionadas con Manifestación de Valor hasta el 31 de mayo de 2026, particularmente respecto al artículo 59 fracción III de la Ley Aduanera.
El mensaje central dentro de las RGCE 2026 gira alrededor de una idea concreta: la autoridad mexicana busca comprobar existencia mercantil verdadera, capacidad física suficiente y actividad económica verificable dentro de cada importación realizada en territorio nacional.

