Artículos

Contra la defraudación fiscal

Uno de los problemas más grandes que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha tenido que enfrentar año con año es la defraudación fiscal...

Uno de los problemas más grandes que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha tenido que enfrentar año con año es la defraudación fiscal. Esto es la omisión total o parcial del pago de las contribuciones a través de engaños o aprovechando algún error. Ante esto, se había propuesto a inicios de septiembre catalogar este delito como delincuencia organizada si había tres o más personas involucradas y lograr así dar castigos más graves a quienes lo cometieran. Dando seguimiento a esto, el 16 de octubre del presente año, las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Justicia aprobaron varias reformas que buscan modificar la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, la Ley de Seguridad Nacional, el Código Nacional de Procedimientos Penales, el Código Fiscal de la Federación y el Código Penal Federal para seguir avanzando en la lucha contra la defraudación fiscal, en específico, contra las empresas fantasmas y las facturas falsas, ya que ambas son parte esencial para que este delito se cometa.

Dichas empresas fantasmas son creadas para vender facturas falsas de operaciones, compras o servicios que nunca se llevaron a cabo, y a pesar de estar registradas ante el SAT, no tienen personal ni infraestructura, sus socios no declaran impuestos, usan domicilios fiscales falsos y presentan altos montos de facturación, pero gastos pocos o nulos. Es por eso que las facturas que emiten se consideran falsas, ya que aunque existen, representan operaciones simuladas para pagar menos impuestos o solicitar devoluciones mayores. En cantidades, esto ha representado una pérdida de 2 billones de pesos en los últimos cinco años para el país.

Debido a la gravedad del asunto y las pérdidas crecientes año con año, fue que se aprobaron estas reformas para combatir este delito. La primera de estas se hizo al artículo 113 Bis del Código Fiscal de la Federación, en el que antes se castigaba con 3 a 6 años de prisión a las personas que expidan o adquieran “comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados” y ahora la pena será de 2 a 9 años; de igual manera castigando así a quien permita o publique (a sabiendas) anuncios para la compra o venta de dichos comprobantes falsos. Sobre esto mismo, si el que comete el delito es un servidor público, este será destituido de su cargo y no podrá desempeñar cargos similares por 1 a 10 años, de igual manera pudiendo aumentarse la sentencia en prisión de 3 a 6 años más.

Otra de las reformas fue la adición de la definición de defraudación fiscal al segundo artículo de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada en la fracción VIII Bis. De igual manera se añadió al artículo la sanción correspondiente, que dice que “cuando el monto de lo defraudado supere tres veces lo dispuesto en la fracción III del artículo 108 del Código Fiscal de la Federación”, se penalizará “con prisión de tres a nueve años cuando el monto de lo defraudado fuere mayor de 2 millones 601 mil 410 pesos”.

Finalmente, se modificaron los artículos 187, 256, 167 y 192 del Código Nacional de Procedimientos Penales para clarificar los casos en los que aplica prisión preventiva oficiosa, siendo estos el contrabando, la defraudación fiscal y la compra o venta de facturas falsas.

Cabe aclarar que si bien se aprobaron estas reformas, en la cámara de diputados 318 votaron a favor de las mismas, 121 en contra y 3 se abstuvieron. Esto podría ser porque algunas medidas parecen extremas, pero son necesarias ante la situación de nuestro país en materia fiscal.

Dichas reformas no son más que un apoyo para poder combatir de manera más eficaz los diferentes delitos que se han llegado a cometer y que le han costado caro a la República Mexicana. Con esto lo que se busca es poder minimizar monetariamente las pérdidas anuales que la evasión fiscal representa, y de esta manera lograr efectos paulatinos pero positivos para la economía de nuestro país, consiguiendo acrecentar el monto por recaudaciones fiscales y ayudando así a salir  del estancamiento económico en el que nos encontramos.

1er Convención Nacional comercio exterior, logística y aduanas

1er Convención Nacional comercio exterior, logística y aduanas

Convención Nacional
Gran Gala-Comida de las Estrellas: un tributo a las mujeres líderes del comercio exterior
El 5to Gran Foro Nacional Mujeres Aduaneras: un encuentro de excelencia y liderazgo en el sector logístico y aduanero
CENCOMEX distingue a la Dirección General de Acceso a Mercados de Bienes por su excelencia y liderazgo
Tensión no cesa en el comercio internacional: Canadá responde a los nuevos aranceles de Trump
Cencomex felicita al nuevo titular de SHCP y reafirma su compromiso con el comercio exterior
Edgar Amador Zamora, nuevo titular de la SHCP. Su trayectoria profesional en la economía mexicana
Sostenibilidad en comercio exterior
Dos visiones, un conflicto: análisis del discurso de Claudia Sheinbaum y Donald Trump ante la crisis arancelaria
Modernización y unidad: la visión de Edmundo Enciso para la AAADAM
Última hora: Sheinbaum confía en diálogo para evitar aranceles de Trump
Rafael Marín Mollinedo: se confirma su cargo como titular de la ANAM con la encomienda de fortalecer la recaudación
30 días y contando: el ultimátum de Trump hacia México
El impacto de los aranceles de USA a Canadá, México y China en la cadena de suministro global
México frente a los aranceles de Trump y el T-MEC en 2025
La noche de los grandes: entrega del galardón a los Principales Asesores en Comercio Exterior 2025
XI Actualización Integral Aduanera: innovación y análisis sobre el comercio exterior
La visión de Trump para Estados Unidos: aranceles, frontera y otros puntos clave de su discurso de toma de protesta
Georgina Estrada Aguirre. Asesora del año 2025