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El trámite aduanal

En todo trámite aduanal es importante considerar tres aspectos fundamentales para poder llevar a cabo una correcta importación o exportación de mercancías. 

  • La mercancía: 

Conocer a detalle la mercancía que va a ser objeto de comercialización internacional, su origen, procedencia, y regulación a la que se encuentra sujeta, resulta ser el bastión principal frente a los actos previos del despacho aduanero.

Toda mercancía debe encontrar su exacta clasificación arancelaria, ya que es este código el que asigna la unidad de medida y arancel que le corresponde por la importación o su exportación; así como también determina las regulaciones y restricciones que debe de cumplirse previo a la entrada o salida del territorio nacional

  • Afectación:

El Estado mexicano regula y controla el tráfico de mercancías de comercio exterior, a través de la imposición de barreras comerciales, que consisten en regulación de carácter arancelario (impuestos y demás contribuciones), y regulaciones y restricciones no arancelarias (Permisos Previos, Certificaciones, Marcado de País de Origen, Cupos, Cuotas Compensatorias, Normas Oficiales Mexicanas)   

Estas regulaciones y restricciones se identifican en términos de la clasificación arancelaria que le corresponde a las mercancías, y se encuentran afectas a su cumplimiento por la entrada o salida del territorio nacional.

  • Despacho:

Debemos comprender que el despacho aduanero es el conjunto de actos y formalidades que se deben de cumplir para su legal internación al territorio nacional o salida del mismo. Y es el propio interesado en importar o exportar el que debe de cumplir estos actos y formalidades inherentes al mismo.

Situación de facto que obliga al propio interesado en ser éste, el que debe de conocer en su totalidad los actos y formalidades a que se encuentra afecta su mercancía por su trámite aduanal.  

De aquí la necesidad de apoyarse con los profesionales o profesionistas en materia aduanera, para poder llevar a cabo un correcto trámite aduanal, y evitar pagos extraordinarios por concepto de almacenajes, etiquetados, demoras, estadías, multas, o incluso pérdida de las mercancías por no poder cumplir con estas regulaciones y restricciones.

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