En la actualidad, contamos con una herramienta innovadora que, día a día, está más presente en nuestras vidas: la Inteligencia Artificial. Esta tecnología, que surge con el advenimiento del siglo XXI, se perfila como una de las características más significativas de nuestros tiempos. En consecuencia, resulta imperativo aprovechar su potencial y aplicarla, en particular, en la clasificación arancelaria.
Para ello, debemos considerar lo siguiente: el primer paso para utilizar la Inteligencia Artificial es ordenar y unificar nuestras ideas, con el fin de alimentarla de manera adecuada. Al tratarse de una inteligencia «artificial», es esencial tener presente que carece de muchos de los elementos inherentes a nuestra naturaleza humana.
Por tal motivo, resulta muy necesario regresar a los orígenes del Sistema Armonizado, es decir, al sistema de designación y codificación de mercancías. El primer paso en este proceso es la correcta designación de la mercancía, para lo cual es imprescindible conocer en detalle sus características. No basta con una simple imagen; es necesario identificar sus atributos técnicos, su composición material, su forma, su función, su tipo de industria y su uso final. También será conveniente determinar la manera en que se comercializa y la presentación que tendrá al momento del despacho en la aduana de entrada, pues estos elementos son muy valiosos en el proceso de clasificación arancelaria.
Solo a través de un ejercicio exhaustivo de reconocimiento de la mercancía podremos avanzar al siguiente paso: la clasificación arancelaria. A partir de este punto, podremos hacer uso de la Inteligencia Artificial para optimizar dicho proceso y, posteriormente, dar inicio a las etapas siguientes. Estas incluyen la identificación de impuestos aplicables, así como las Regulaciones y Restricciones No Arancelarias (RRNA), entre otros aspectos esenciales para completar la operación, tales como las Normas Oficiales Mexicanas (NOM’s), los precios estimados, los permisos, los avisos previos, las cuotas compensatorias, las autorizaciones sanitarias, etc. Además, no debemos olvidar el tipo de operación y el régimen aduanero que se aplicará